Asignaturas de área
Asignaturas obligatorias:
· Derecho Romano: Referida a la introducción del histórico, político de las instituciones que hoy se encuentran vigentes en el código civil como son: en qué consistía para ellos el sujeto de derechos, los bienes, los contratos, el origen de las obligaciones, el tema de familia, y la transmisión de los bienes después del fallecimiento; así como también el procedimiento utilizado para reclamar estos derechos.
· Civil General y Personas: Consiste en establecer las bases en que fundamentan las instituciones del derecho privado actual; en lo que tiene que ver con el lenguaje jurídico, es decir, la definición o conceptos, escuelas, principios, e interpretación y aplicación de la ley privada.
·En lo referente a la persona, en qué consiste, cual es su categoría, y cuál es su rol en el mundo jurídico, cómo ejerce la autonomía privada de la voluntad, con fundamento en los Artículos 14, 16 y 38 de laConstitución Política.
· Bienes: Tiene que ver que el sujeto en esa relación del mundo jurídico necesita satisfacer unas necesidades de carácter general y de orden patrimonial, las cuales son satisfechas a través de la adquisición de bienes, y la distinción sobre la forma o modo de adquirirlos, de acuerdo con los postulados constitucionales y legales.
· Obligaciones Civiles y Comerciales: Referida al desarrollo de intercambios de bienes y servicios por parte del sujeto de derecho, quien genera vínculos jurídicos que se hacen exigibles coactivamente. Con el desarrollo histórico estos vínculos se han clasificado, unos en materia civil y otras en materia comercial, y esta última tiene que ver con todas las actividades de producción de bienes y prestación de servicios. Se fundamenta en los Artículos 16 y 58 de la Constitución Política colombiana.
· Comercial General y Financiero: Es la introducción a la actividad de carácter comercial que se encuentra reglamentada por el legislador al igual que un nuevo campo que tiene que ver con la incorporación de las entidades financieras como encargadas de la captación masiva y habitual de dineros del sujeto de derecho, con fundamento en el Artículo 38 de la Constitución Política.
· Contratos Civiles y Comerciales: Las relaciones e intercambios de productos y servicios que generan obligaciones en derecho de carácter patrimonial, el sistema jurídico los materializa a través de los contratos, los cuales sufren una incisión o división: unos son reglamentados por el Código Civil, y los que tiene que ver con la actividad comercial se regulan por el Código de Comercio. Está fundamentada en los Artículos 16, 38 y 58 de la Constitución Política colombiana.
· Títulos Valores: El desarrollo del intercambio de bienes y servicios muchas veces se mueve a través de garantías que le permitirán al sujeto acreedor posteriormente hacer exigible dicha obligación, la cual se materializa, se hace tangible, para su exigencia mediante los títulos, y en este caso especial en la actividad comercial, la denominación de títulos valores, a los cuales el ordenamiento jurídico le ha dado una denominación, y los diferencia por sus requisitos, tiempo, y prescripción o caducidad. Fundamentada en el Artículo 38 de la Constitución Política Colombiana.
· Sociedades: Conlleva a que la persona natural con un fin de entrar al mundo jurídico de la actividad de carácter comercial o financiero deba constituirse a través de agrupaciones de personas para prestar esa actividad y establece las posibilidades mediante las llamadas sociedades, que se distinguen por sus requisitos, objeto, actividades, entre otras. Fundamentada en el Artículo 38 de la Constitución Política Colombiana.
· Familia, infancia y adolescencia: El sujeto de derechos nace y crece dentro de una familia, y esta a su vez cumple un papel primario que es el proceso de formación y transmisión de valores, a su descendencia y como consecuencia de ello, se generan unos derechos y obligaciones de las cuales unas son de tipo personal, y otras de carácter patrimonial. En estas últimas se constituyen las llamadas sociedades conyugales y patrimoniales de hecho. Por otra parte, en el proceso del derecho a la igualdad, se desarrollan una serie de derechos a cada uno de sus integrantes, en este caso a las personas menores de 18 años. Está fundamentada en los Artículos 5º, 42, 43 y 44 de la Constitución Política Colombiana.
Además, esta asignatura tiene como prerrequisito el civil general y personas, materia que estudia a la persona humana como sujeto de derechos, el que, a su vez, se desarrolla en su parte primaria al interior de la familia.
· Teoría General del Proceso: En las relaciones del sujeto de derecho se pueden presentar situaciones que no son solucionadas por ellos y que muchas veces hacen necesario acudir al Estado para que a través del poder jurisdiccional puedan dirimir ese conflicto, en este caso en particular, en lo que tiene que ver con el derecho privado. Es necesario entonces conocer los principios y reglas rectores de dicho procedimiento, así como sus fundamentos constitucionales y legales, y las figuras del derecho procesal que conlleva a acudir a ese tercero que es el Estado. Fundamentada en los Artículos 29, 228, 229 y 23 de la Constitución Política.
· Procesal Civil: Tiene como prerrequisito haber cursado la teoría general del proceso porque hay que entender los principios rectores y los fundamentos constitucionales y legales que soportan a todos los procesos. Además, el legislador dentro de esas relaciones de conflicto, dependiendo en el que se encuentren los sujetos de derecho, establece clasificaciones, distingue a qué clase de procedimiento deben acudir, y las reglas a las cuales tiene que someterse. Fundamentada en los Artículos 29, 228, 229 y 23 de la Constitución Política.
· Derecho Probatorio: Esta asignatura no tiene prerrequisitos. Está relacionada con que en las relaciones de conflictos que se presentan entre los sujetos de derecho, hay situaciones fácticas que deben presentarse al juez –representante del Estado-, para llevarlo al conocimiento y convencimiento; además, el derecho procesal exige mecanismos que prueben o que identifiquen quién puede tener la razón en el momento de presentarse la situación descrita. A esto se le denomina pruebas, las cuales se clasifican en tiempo, modo y lugar, en qué tiempo, y en qué circunstancias ocurrieron los hechos. Fundamentada en los Artículos 29, 228, 229 y 23 de la Constitución Política.
· Sucesiones por causa de muerte: Tiene como prerrequisito ver civil general y personas, pues la persona física, al morir, deja un patrimonio que debe ser transmitido mediante unas reglas que establece el legislador, convirtiéndolo así en un modo de adquirir el dominio.
El prerrequisito de civil general y personas se sustenta pues previamente hay que conocer los requisitos de lo que es un sujeto de derechos y como se extingue su personalidad jurídica. Fundamentado en el Artículo 58 de la Constitución Política.
· Internacional Privado: En un mundo globalizado es necesario conocer las relaciones que rigen el intercambio de bienes y servicios como la conformación de instituciones de carácter familiar de ese sujeto de derecho en relación con emigración de un espacio territorial a otro, y los conflictos que se puedan generar en relación con los aspectos descritos. Fundamentada en los Artículos 4, 90, 91 y 93 de la Constitución Política.
Asignaturas electivas:
Las electivas están constituidas como una forma de dejar abierto el campo para que el estudiante que quiera fortalecerse en algunos temas que no son desarrollados por las asignaturas básicas, puedan escoger a su libre albedrío entre las que la universidad ofrece, y entre esas encontramos:
- Propiedad intelectual: que va en correlación con bienes y con comercial.
- Responsabilidad civil: que va en relación con obligaciones y contratos.
- Sistemas alternativos de solución de conflictos: que va en relación con teoría general del proceso y procesal civil.